Article de Proyecto 451 (newsletter).
El uso de los sistemas de IA plantea una serie de preguntas e inquietudes relacionadas con los derechos de autor, incluido cuánto es demasiado aporte de IA para calificar como obra sujeta a derechos de autor. Estas preguntas han sido objeto de una considerable actividad de elaboración de políticas y estudios, pero ahora incluso se presentan en casos de uso de la vida real.
En el marco de la UE, la Resolución del Parlamento Europeo, del 20 de octubre de 2020, sobre los derechos de propiedad intelectual para el desarrollo de las tecnologías relativas a la inteligencia artificial señala la importancia de diferenciar entre las creaciones humanas asistidas por la IA y las creaciones generadas por la IA, puesto que estas últimas plantean nuevos retos relativos a la titularidad. De esta manera, “las obras producidas de manera autónoma por agentes artificiales y robots no deben poder acogerse a la protección mediante derechos de autor, a fin de respetar el principio de originalidad, que está unido a una persona física”. Junto con el requisito de que se trate de creaciones humanas, la originalidad también implica creatividad. De esta manera, una obra será protegible siempre que sea una creación intelectual que refleje la personalidad del autor y se manifieste por las decisiones libres y creativas del mismo al realizarlo (Garrigues, 3 minutos).
En Estados Unidos, la Oficina de derechos de autor. también lanzó una nueva iniciativa destinada a abordar las espinosas cuestiones de política en torno a la IA, la atribución y la propiedad intelectual. Y son muchos los legisladores que debaten sobre los riesgos de la última revolución tecnológica.
Sin dudas es un tema que da para largas conversaciones y extensos debates. Y no hay nada mejor que contar con información para poder ser parte de la discusión. Los invitamos a que vean este panel en donde expertos en derechos de autor explican los diferentes tipos de autoría bajo la ley de derechos de autor de EE. UU. y las posibles vías para afirmar la propiedad de derechos de autor en obras creadas con herramientas de IA generativa.
Para cerrar, les acercamos la iniciativa “Human Artistry CampAIng“, una petición para “hacer avanzar la IA, manteniendo la expresión humana en el centro del proceso creativo y protegiendo los medios de subsistencia y el trabajo de los creadores”.
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